El sistema tributario de los EAU se considera, con razón, uno de los principales factores que explican el interés de los inversores extranjeros por esta jurisdicción. La práctica demuestra que una correcta interpretación de las normas fiscales locales no solo permite optimizar los costes operativos, sino también aumentar significativamente el atractivo de un proyecto para contrapartes e instituciones financieras.
Un modelo fiscal correctamente estructurado crea las condiciones necesarias para un crecimiento económico sostenible, una mayor rentabilidad y el fortalecimiento de la estabilidad financiera a largo plazo. El análisis jurídico peliminar del entorno fiscal constituye una etapa indispensable para los solicitantes que planean constituir una empresa en los EAU y aspiran a alcanzar resultados comerciales sostenibles.
El uso de instrumentos fiscales no se limita exclusivamente a reducir la carga fiscal. Se trata de un mecanismo integral destinado a garantizar la protección jurídica de los activos, minimizar los riesgos regulatorios y asegurar un nivel adecuado de cumplimiento normativo (compliance). A medida que se intensifica la competencia mundial, la precisión en la interpretación y aplicación práctica de las normas de la legislación tributaria adquiere una importancia decisiva para alcanzar resultados comerciales. Por ello, resulta recomendable realizar con antelación una evaluación exhaustiva de las particularidades de la fiscalidad en los EAU.
En este material se explican los aspectos jurídicos, cuya correcta interpretación y comprensión resultan esenciales para el adecuado cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de personas físicas y estructuras empresariales.
Sistema tributario de los EAU
Los Emiratos Árabes Unidos (EAU) ocupan un lugar destacado entre los principales centros financieros internacionales, al combinar elementos de un sistema jurídico tradicional con modernos mecanismos de regulación económico-jurídica de la actividad empresarial. Gracias a la política de liberalización económica y al desarrollo de las zonas francas, se ha creado un entorno favorable para los inversores internacionales, entre otros factores, mediante una política fiscal flexible.
Los impuestos en los EAU constituyen uno de los principales factores que los fundadores extranjeros tienen en cuenta al tomar decisiones sobre la expansión de sus negocios y la asignación de capital. El modelo regulatorio establecido en esta jurisdicción, característico de los centros internacionales con una carga fiscal reducida, garantiza un elevado nivel de seguridad jurídica, transparencia en la administración tributaria y previsibilidad de los procedimientos regulatorios.
La administración de los impuestos en los EAU corresponde a la Autoridad Federal Tributaria (Federal Tax Authority, FTA). Este organismo está facultado para:
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desarrollar y aplicar procedimientos tributarios;
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registrar a los contribuyentes;
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supervisar el cumplimiento de la legislación tributaria;
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llevar a cabo la administración tributaria;
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realizar inspecciones fiscales y aplicar sanciones en caso de infracciones.
El sistema tributario de los EAU tiene un carácter centralizado: las principales obligaciones fiscales —impuesto sobre sociedades, IVA, impuestos especiales y otros pagos obligatorios— se aplican conforme a normas comunes en todo el territorio del Estado, con independencia del emirato concreto. Un enfoque similar se aplica a la ausencia del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF): este impuesto no está previsto en ninguno de los emiratos.
No obstante, en la práctica existen determinadas diferencias en la aplicación de los regímenes fiscales, derivadas de la regulación jurídica específica de las zonas francas. Las empresas establecidas en zonas francas pueden beneficiarse de condiciones especiales de tributación y administración fiscal, determinadas por su estatus y por las normas internas de la jurisdicción correspondiente.
Impuestos corporativos en los EAU
El sistema tributario de los EAU se caracteriza por una carga fiscal moderada: en lugar de una amplia presión tributaria, se aplica un conjunto limitado de impuestos dirigidos a determinadas actividades, al consumo y a la tenencia de activos.
El IVA en los EAU es un impuesto indirecto que se aplica a la mayoría de los bienes y servicios comercializados en el mercado nacional. Fue introducido como una medida destinada a diversificar los ingresos públicos. Se aplica a un amplio espectro de operaciones comerciales, con excepción de determinadas categorías que están sujetas a un tipo impositivo del 0 % o están exentas de impuestos (por ejemplo, determinados servicios financieros y sanitarios).
El impuesto sobre sociedades en los EAU se aplica a los ingresos de las entidades que realizan actividades empresariales en el territorio del país. Fue introducido en 2023 con el objetivo de regular la tributación de las personas jurídicas que operan en el mercado nacional. El tipo del impuesto sobre sociedades en los EAU se determina sobre la base del beneficio neto de la empresa, una vez deducidos los gastos fiscalmente admisibles.
Los impuestos especiales son tributos específicos aplicados a determinadas categorías de productos que el Estado considera de consumo elevado o potencialmente perjudiciales. Por lo general, incluyen productos asociados a un mayor riesgo para los consumidores o que generan una carga social significativa.
Los aranceles aduaneros se recaudan cuando las mercancías atraviesan las fronteras de los EAU y se aplican a los productos importados. Este tipo de pago permite regular el comercio exterior y proteger el mercado interno. El importe de los aranceles depende de la categoría del producto y de su valor en aduana, y puede variar en función de los regímenes comerciales especiales aplicables.
Impuesto sobre sociedades en los EAU
El nuevo régimen de imposición corporativa en los EAU se aplica no solo a las sociedades mercantiles tradicionales, sino también a otras formas de actividad empresarial:
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entidades constituidas en los EAU que desarrollen actividades operativas dentro de esta jurisdicción;
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personas físicas que ejerzan actividades empresariales y realicen operaciones comerciales de forma habitual y sistemática en el país;
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entidades extranjeras, cuando su dirección estratégica y operativa se lleve a cabo en los EAU.
Impuesto sobre sociedades en el territorio continental de los EAU
La fiscalidad corporativa en los EAU se estructura de acuerdo con un principio progresivo:
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0 % sobre los beneficios de hasta 375 000 AED (aproximadamente 87 245 EUR), con el objetivo de apoyar a las pequeñas empresas y reducir la presión fiscal sobre las empresas nuevas y medianas.
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Tipo ordinario del 9 % sobre los ingresos que superen el umbral establecido.
El sistema tributario de los EAU contempla un mecanismo de apoyo al emprendimiento denominado Small Business Relief: una exención temporal del impuesto sobre sociedades hasta finales de 2026. El beneficio se aplica a las empresas cuyos ingresos totales no alcancen los 3 millones de dirhams de los EAU (aproximadamente 697 950 euros) en el período fiscal actual o anterior. Esta ventaja fiscal no se aplica a los miembros de grandes grupos empresariales internacionales ni a las empresas que tengan la condición de personas jurídicas cualificadas de una zona franca.
Impuesto sobre sociedades en los EAU para empresas de zonas francas
Si cumplen las condiciones establecidas, las empresas constituidas en zonas francas de los EAU pueden ser reconocidas como personas jurídicas cualificadas y, en consecuencia, tributar al 0 % por los ingresos que cumplan los requisitos establecidos por la legislación. Para poder beneficiarse del tipo cero del impuesto sobre sociedades en las zonas francas de los EAU, los ingresos cualificados deben limitarse a aquellos que cumplan las condiciones del régimen especial. En particular, se incluyen los beneficios obtenidos de operaciones con residentes de zonas francas. Sin embargo, quedan excluidos de esta categoría los ingresos procedentes de actividades expresamente clasificadas como actividades excluidas o restringidas.
Se consideran ingresos cualificados los obtenidos de operaciones con cualquier contraparte que no sea residente de una zona franca, ya sean entidades locales o extranjeras, siempre que la actividad corresponda a la lista de actividades cualificadas permitidas. Una categoría independiente comprende los ingresos relacionados con la titularidad, utilización o disposición de propiedad intelectual cualificada. Se trata, por ejemplo, de ingresos derivados de la concesión de licencias, la cesión de derechos o la explotación comercial de derechos de propiedad intelectual que cumplan la definición establecida de «cualificados».
Además, las empresas de zonas francas de los EAU pueden beneficiarse del tipo del 0 % del impuesto sobre sociedades cuando los ingresos anuales obtenidos no correspondan a las categorías enumeradas, siempre que se respete el umbral mínimo de actividad establecido. Es decir, determinados ingresos accesorios de carácter limitado no privan a la empresa del derecho a acogerse al régimen fiscal preferencial general, siempre que no superen los umbrales establecidos.
No obstante, la legislación establece una lista de actividades excluidas, cuyos ingresos no pueden reconocerse como cualificados en ninguna circunstancia, por ejemplo:
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servicios bancarios;
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actividades de seguros;
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una amplia gama de operaciones financieras.
A su vez, entre las actividades cualificadas se incluyen aquellas relacionadas con la producción y la inversión. Entre ellas se encuentran:
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fabricación y transformación de bienes y materias primas;
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gestión de participaciones y valores con fines de inversión;
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operaciones relacionadas con la financiación y el arrendamiento de aeronaves.
Los beneficios fiscales en los EAU para empresas de zonas francas también se aplican a otras actividades expresamente definidas por la normativa como admisibles dentro del régimen especial.
Pilar 2 e introducción del impuesto mínimo corporativo (DMTT)
Desde el 1 de enero de 2025, en los EAU está en vigor el régimen Domestic Minimum Top-up Tax (DMTT), introducido en el marco de la iniciativa internacional Pilar 2. Este régimen tiene como objetivo garantizar un nivel mínimo global de tributación sobre los beneficios de los grandes grupos multinacionales.
De acuerdo con las normas establecidas, las empresas multinacionales deben soportar una carga fiscal sobre los beneficios de al menos el 15 % en cada jurisdicción en la que desarrollen actividades. Si la carga fiscal efectiva en un determinado país se sitúa por debajo del umbral establecido, se aplica un impuesto adicional.
Por grupo multinacional se entiende una agrupación de empresas que:
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tienen residencia fiscal en distintos países;
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o incluyen entidades que desarrollan actividades mediante establecimientos permanentes en otras jurisdicciones.
Estas normas se aplican a los grandes grupos multinacionales cuya facturación mundial consolidada sea de al menos 750 000 000 euros y haya superado dicho umbral en al menos dos de los cuatro últimos ejercicios fiscales.
Cómo funciona el sistema del IVA en los EAU
El IVA en los EAU se aplica a toda la cadena de creación de valor, desde el productor hasta el consumidor final. El tipo básico del IVA en los EAU es del 5 % (uno de los más bajos entre los países que aplican un impuesto de naturaleza similar). La obligación de calcular, recaudar y transferir el impuesto al presupuesto estatal recae sobre las empresas registradas como sujetos pasivos del IVA. Estas empresas:
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repercuten el impuesto en la venta de productos y servicios;
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liquidan sus obligaciones tributarias ante el presupuesto dentro de los plazos establecidos;
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tienen derecho a solicitar la deducción del IVA soportado.
Un elemento fundamental del sistema es el mecanismo de deducción del IVA soportado (input tax credit): las empresas registradas pueden compensar el IVA pagado por la adquisición de bienes y servicios con el IVA recaudado en sus ventas. El registro a efectos del IVA es obligatorio cuando se alcanza el umbral de facturación establecido (375 000 dirhams de los EAU durante los 12 meses anteriores), y también puede realizarse de forma voluntaria cuando resulte estratégicamente conveniente para la empresa.
Determinados bienes y servicios en los EAU están sujetos a un tipo de IVA del 0 %. Entre estas categorías se incluyen:
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transporte internacional de pasajeros y mercancías, incluidos los servicios cuyo origen, destino o tránsito se encuentre en el territorio del país;
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servicios auxiliares relacionados con dichos transportes.
El tipo cero del IVA también se aplica a los bienes y servicios utilizados directamente en el transporte internacional de mercancías y pasajeros, así como a las entregas de petróleo y gas natural.
Asimismo, el régimen especial del IVA en los EAU contempla disposiciones específicas para el sector educativo: estas abarcan los servicios educativos y los bienes y servicios relacionados prestados por guarderías e instituciones educativas públicas o financiadas por el Estado. Además, la legislación establece determinadas operaciones exentas del IVA:
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servicios financieros;
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operaciones con bienes inmuebles residenciales, salvo en aquellos casos en los que la legislación establezca expresamente la aplicación del tipo cero a determinados inmuebles residenciales.
La responsabilidad por el pago tardío del IVA contempla un incremento progresivo de las sanciones financieras:
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se aplica un 2 % inmediatamente después de producirse el retraso;
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se aplica adicionalmente un 4 % una vez transcurridos 7 días naturales desde el vencimiento;
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a partir del día 30 de impago, se aplica un 1 % por cada día adicional de retraso.
Importante: el importe total de las sanciones acumuladas está limitado al 300 % del importe de la obligación tributaria.
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Impuesto sobre bienes inmuebles en los EAU
En la mayoría de los emiratos se aplica una tasa municipal relacionada con la propiedad o el uso de bienes inmuebles, que, por regla general, se calcula sobre la base del valor anual de alquiler del inmueble. En Dubái se aplica un sistema diferenciado:
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para los inmuebles comerciales, la tasa municipal es del 2,5 % del valor anual de alquiler y, por lo general, corre a cargo del propietario del inmueble;
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para los inmuebles residenciales, se aplica una tasa del 5 %: cuando existe un arrendatario, el pago corresponde a este, mientras que, en ausencia de un contrato de arrendamiento, la base se determina conforme al valor de alquiler de mercado y la obligación de pago recae sobre el propietario del inmueble.
Al adquirir un inmueble, se aplica una tasa obligatoria de registro por la formalización de la transmisión de la propiedad. En las operaciones de compraventa de inmuebles en Dubái se abona un 4 % del valor del inmueble, que se transfiere al DET. En Abu Dabi, el tipo es inferior: 2 %, y los fondos se destinan a las autoridades municipales. Por lo general, la obligación de pago corresponde al comprador, aunque las partes pueden acordar previamente otra distribución de los gastos.
En los EAU no se aplican impuestos sobre sucesiones ni donaciones en relación con bienes inmuebles. No obstante, pueden surgir obligaciones fiscales en el país de residencia fiscal del inversor.
Impuestos y contabilidad en los EAU: plazos de registro y presentación de declaraciones fiscales
Con el objetivo de mejorar la eficiencia y la transparencia del sistema de tributación corporativa de los EAU, así como de limitar la carga fiscal de los contribuyentes, se aplica una retención en origen a determinadas categorías de ingresos percibidos por no residentes en los EAU. El tipo aplicable es del 0 %, siempre que dichos ingresos no estén vinculados a las actividades de un establecimiento permanente del no residente en los EAU. Para facilitar la consulta, la siguiente tabla recoge los principales tipos de impuestos vigentes en el país:
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Impuesto |
Tipo |
Sujetos afectados |
Base imponible |
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Impuesto sobre sociedades |
Personas jurídicas, empresarios individuales y empresas extranjeras gestionadas desde los EAU |
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Tipo estándar |
0 %/9 % |
Beneficio neto de la actividad empresarial |
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Small Business Relief |
0 % (exención temporal) |
Pequeñas empresas con ingresos de hasta 3 millones de AED |
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Zonas francas |
0 % si se cumplen los requisitos |
Ingresos cualificados (estatus de Qualified FZ Person y cumplimiento de los requisitos de sustancia económica y estructura de ingresos) |
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IVA |
5 % (0 % para determinadas categorías) |
Empresas registradas y consumidores |
Bienes y servicios |
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Aranceles aduaneros |
Generalmente 5 % (según el producto) |
Importadores |
Bienes importados |
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Impuesto sobre bienes inmuebles (tasa de registro) |
2–4 % |
Compradores de bienes inmuebles |
Operaciones de compraventa |
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Tasa municipal anual sobre bienes inmuebles |
~0,25 % del valor |
Propietarios de bienes inmuebles |
Valor estimado del inmueble |
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IVA sobre bienes inmuebles |
5 % (para determinados inmuebles comerciales nuevos) |
Compradores de inmuebles comerciales |
Primera venta |
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Impuesto sobre la renta de las personas físicas |
0 % |
Personas físicas |
Ingresos personales |
|
Impuestos sobre dividendos, intereses y regalías |
0 % |
Personas físicas y empresas |
Ingresos pasivos |
|
Impuestos sobre sucesiones y donaciones |
0 % |
Personas físicas |
Transmisión de bienes |
Las empresas y demás sujetos que desarrollen actividades empresariales están obligados a respetar los plazos establecidos para la presentación de las declaraciones fiscales y a cumplir puntualmente sus obligaciones relativas al IVA. El registro a efectos del IVA ante la Autoridad Federal Tributaria (FTA) debe completarse, de acuerdo con el texto de referencia, en un plazo máximo de tres meses desde la constitución de la empresa en los EAU. El registro fuera de plazo ante la FTA conlleva una sanción económica de 10 000 AED.
La dirección de las empresas debe garantizar un seguimiento continuo de la correcta preparación de los estados financieros y del cumplimiento de los requisitos de auditoría. Para la renovación de la licencia, las empresas deben presentar anualmente estados financieros debidamente certificados. La contabilidad y la auditoría en los EAU se realizan de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS), así como con los principios contables nacionales aplicables.
Residencia fiscal en los EAU
La residencia fiscal constituye una herramienta jurídica integral utilizada para la estructuración empresarial y la protección del capital. Obtener la residencia fiscal en los EAU permite a las personas físicas y jurídicas acreditar su vinculación fiscal con una jurisdicción que ofrece un régimen tributario favorable y aprovechar las ventajas previstas en los convenios internacionales para evitar la doble imposición.
Residencia fiscal para personas físicas en los EAU
Principales requisitos:
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Un visado de residencia vigente en los EAU que acredite la legalidad de la estancia.
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Permanencia física en los EAU durante al menos 183 días dentro del período de 12 meses anterior.
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Acreditación de un lugar de residencia, normalmente mediante un contrato de arrendamiento (Ejari) o un título de propiedad.
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Una cuenta bancaria activa en los EAU a través de la cual se realicen movimientos regulares de fondos que acrediten la actividad económica.
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Acreditación documental del origen de los ingresos, incluidos salarios, actividades empresariales, rendimientos de inversiones o ingresos por alquiler.
En la práctica, las autoridades fiscales evalúan no solo la presencia formal de la persona, sino también su integración efectiva en el sistema económico del país.
Residencia fiscal para personas jurídicas en los EAU
Para las personas jurídicas, los criterios de cualificación son los siguientes:
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Registro de la empresa en los EAU y ejercicio efectivo de la actividad durante al menos 12 meses.
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Acreditación de sustancia económica (substance), es decir, una presencia real mediante una oficina, empleados o personal directivo en el territorio del país.
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Actividad empresarial efectiva, incluida la celebración de contratos y el desarrollo de operaciones comerciales.
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Cuenta bancaria corporativa en los EAU con movimientos de fondos.
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Estados financieros, presentados de conformidad con los requisitos del regulador y que acrediten la actividad desarrollada.
La residencia fiscal de una empresa confirma que su centro de dirección y actividad económica se encuentra efectivamente en los EAU.
Obtención del Tax Residency Certificate en los EAU
El documento que acredita la residencia fiscal es el Tax Residency Certificate (TRC). La solicitud se presenta a través de la plataforma gubernamental EmaraTax. El certificado se expide por un período de 1 año. La obtención del certificado de residencia fiscal en los EAU ofrece una serie de ventajas estratégicas:
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optimización de la carga fiscal mediante la aplicación de convenios para evitar la doble imposición (DTT);
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protección jurídica del capital, dado que en los EAU no existe impuesto sobre la renta de las personas físicas;
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simplificación de las operaciones financieras internacionales, incluida la interacción con bancos y contrapartes;
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reducción o eliminación de impuestos sobre ingresos procedentes del extranjero, como dividendos, intereses, regalías y otros ingresos pasivos, en el marco de los DTT aplicables;
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aumento de la confianza por parte de instituciones financieras extranjeras, ya que la existencia de un TRC acredita un estatus fiscal transparente.
La residencia fiscal en los EAU se utiliza para estructurar legalmente los ingresos, proteger los activos y gestionar la carga fiscal internacional.
Por qué los EAU se consideran una jurisdicción atractiva para hacer negocios
Los principales factores que determinan el interés por esta jurisdicción pueden resumirse en los siguientes puntos:
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Las personas físicas que no realizan actividades empresariales están exentas del impuesto sobre la renta de las personas físicas en los EAU.
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El impuesto sobre sociedades se establece en el 9 % únicamente sobre los beneficios que superen los 375 000 AED anuales. Las empresas que cumplen los criterios del régimen QFZP pueden mantener un tipo impositivo del 0 %.
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El tipo del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en los EAU es del 5 %, uno de los niveles más bajos a escala internacional. Además, existen regímenes de exención y la aplicación de un tipo del 0 % a las exportaciones y a determinadas actividades realizadas en Designated Zones, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
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Las empresas constituidas en zonas offshore están exentas del impuesto sobre beneficios, pero deben registrarse ante la FTA y cumplir los requisitos aplicables en materia de información y presentación de declaraciones corporativas.
El sistema tributario de los EAU, en comparación con las jurisdicciones europeas, donde la carga fiscal total sobre las empresas suele superar el 20 %, se estructura sobre un modelo más liberal y, en determinados casos, se considera una opción preferente para la estructuración de proyectos empresariales internacionales. En el marco de su política económica exterior, el Estado ha celebrado 143 acuerdos destinados a evitar la doble imposición de los ingresos a través de los organismos ejecutivos competentes.
Conclusión
El sistema tributario de los EAU está orientado a atraer capital internacional y fomentar el desarrollo del sector empresarial. Un número limitado de impuestos, tipos impositivos moderados y la existencia de regímenes especiales en las zonas francas configuran un entorno jurídico favorable para la gestión de operaciones comerciales.
No obstante, la eficacia del aprovechamiento de las ventajas fiscales depende directamente de una correcta estructuración de las actividades, del cumplimiento de los requisitos regulatorios y de la adecuada calificación de los ingresos. Una planificación jurídica anticipada y una configuración estratégica del modelo fiscal constituyen la base para el desarrollo estable de la empresa y su eficiencia a largo plazo.
Nuestra empresa ofrece servicios integrales de asesoramiento empresarial en los EAU, desde el análisis detallado de los regímenes fiscales y beneficios aplicables y la evaluación del impacto de los estándares regulatorios internacionales sobre la estructura corporativa, hasta la asistencia en la preparación y presentación de declaraciones e informes. Asimismo, proporcionamos recomendaciones para la optimización fiscal legal, teniendo en cuenta la legislación vigente.